miércoles, 2 de febrero de 2011

La necesidad de adecuar el Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural (RLAMOPR)

El RLAMOPR regula diversos procedimientos administrativos competencia de la Secretaría de la Reforma Agraria y la Procuraduría. Desde su creación, en 1996, n o se ha modificado. Resulta conveniente revisar pues, si el texto legal responde a las necesidades de operación de las instituciones.
En principio, se ha detectado que, al menos, respecto a la vigencia de los avalúos en materia de expropiaciones y terrenos nacionales, es contrario a la Ley General de Bienes Nacionales. Además de este tema, conviene revisar cuestiones relativas a la regulación de la ocupación previa en la expropiación. Otro tópico que debe ser puntualmente analizado, es el relacionado con la enajenación de terrenos de uso agrícola. La redacción actual del dispositivo legal parece orientar una suerte de reparto agrario disfrazado, pues se titulan estos predios que constituyen riqueza nacional, a precios exiguos y, lamentablemente, para favorecer a personajes ávidos de riqueza. De esos que existen dentro o al rededor de la administración pública, y que poco les importa el destino del país, con tal de obtener un beneficio personal.
Sin duda, estos y otros elementos justifican revisar el RLAMOPR. El Secretario de la Reforma Agraria está , al igual que su servidor, convencido. Trabajaremos en ello.

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